Y, ¿si pierdo el empleo a los 50? El edadismo
Sin embargo, aunque en el mercado laboral se ha ejercido, y se ejerce, esta discriminación especialmente en contra varios sectores de edades, dadas las nuevas tendencias de RRHH parece que se está empezando a ver la luz al final el túnel.
El edadismo es como se conoce a la discriminación por edad. En nuestra sociedad actual no deja de ser un problema que afecta a todos los segmentos de edad. Sin embargo, aunque en el mercado laboral se ha ejercido, y se ejerce, esta discriminación especialmente contra varios sectores de edades, dadas las nuevas tendencias de RRHH parece que se está empezando a ver la luz al final del túnel.
Las personas “demasiado jóvenes” han sido cuestionadas constantemente. No se les contrata por prejuicios como que carecen de experiencia y conocimientos, y por la posibilidad de la falta de compromiso con la empresa. Mireia Gargallo, explica en la red social LinkedIn cómo ella, que siempre ha parecido físicamente menor, ha vivido varias situaciones de discriminación. Tras 6 años trabajando en reclutamiento y formación en plantillas de mayor número que la que se estaba ofreciendo, “Me llaman al día siguiente. Que les gusté mucho. Yo eufórica y contentísima. No te pierdas lo que vino después… Que me ofrecen el puesto de Secretaria de Dirección porque al Director le gusté mucho”, cuenta decepcionada.
Por otro lado, las personas mayores de 50 años. Según Fundación BBVA, más de la mitad de las personas desempleadas mayores de 50 años llevan más de un año en búsqueda activa de empleo.
Por último, la discriminación por edad hacia las mujeres. Las mujeres menores de 40 años sufren el edadismo en forma de «incredulidad de rol», en muchas ocasiones, no se tiene por válidas por «infantilización» o se les pasa por alto para trabajos o ascensos porque «podrían quedar embarazadas». Sin embargo, las mujeres mayores de 55 suelen ser consideradas demasiado mayores como para un puesto relevante. La que fue presentadora durante 30 años, Julie O´Neill, relataba cómo le apartaron de su cargo, «Me dijo: ‘¿Cuándo cumples 55 años, Julie?’ Y yo dije: `9 de enero´. ‘Eso es interesante’, dijo».
Sin embargo, como afirma José Luis Martín, alumno del programa Senior de la UNED, en protesta por el despido de su profesora por edadismo. «no basta con manifestar lo importante que es la participación de las personas mayores en la cultura y el fomento de la autonomía y las actividades para nosotros. Hay que demostrarlo también con hechos».
Durante los últimos años, en un contexto de cambio organizacional, las plantillas han sido cada vez mas irregulares en cuanto a la edad de sus empleados y empleadas. Y se valora tanto las habilidades del Talento Senior, como las del Talento Junior. Cada generación, que conviven varias en las empresas, trabaja de modo diferente y aporta valores diferentes a la empresa.
- Talento Senior: poseen competencias naturales de comunicación, liderazgo, influencia y persuasión. Resiliencia y adaptabilidad, compromiso y lealtad. Visión estratégica, pensamiento crítico, control emocional. Además de la experiencia.
- Talento Junior: capacidad para adaptarse. Mayor innovación y creatividad. Comprensión tecnológica, sociabilidad, autonomía y búsqueda de soluciones ágiles.
Por esto, en la gestión de la diversidad y el talento, la variedad generacional se presenta como una de las tareas imprescindibles a la hora de dirigir los RRHH de una empresa.
Cada vez estamos rompiendo más con los tópicos relativos tanto a la falta de capacidad de los trabajadores de más edad para adaptarse, reciclarse o adquirir nuevos conocimientos o competencias, como los tópicos hacia las personas jóvenes de la falta de compromiso firme con la empresa, falta de conocimientos o seriedad para compatibilizar ambas partes. Además, actualmente la normativa recoge expresamente la prohibición de discriminación por razón de edad, entre otras muchas. Debería ser nulo el despido con motivo de alguna de las causas de discriminación prohibidas en la Constitución o en la ley (…)., o bien se produzca con violación de derechos fundamentales y libertades públicas del trabajador.